TEMA 7: ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN: SERVICIOS, RECURSOS Y DOCUMENTACIÓN
7.1. Introducción
La organización de la prevención en la empresa es uno de los aspectos que con mayor frecuencia debe analizar el perito judicial en PRL. La correcta estructuración de los recursos preventivos, la documentación acreditativa y la integración de la prevención en la gestión empresarial son elementos clave en la valoración pericial. Este tema aborda en profundidad la organización preventiva, desde la planificación estratégica hasta la documentación operativa, proporcionando al perito las herramientas necesarias para evaluar la idoneidad del sistema preventivo empresarial.
7.2. El Plan de Prevención
7.2.1. Concepto y Contenido
El Plan de Prevención es el instrumento fundamental de la organización preventiva. Debe incluir:
- La estructura organizativa de la empresa
- Las responsabilidades en materia preventiva
- Las funciones y prácticas en PRL
- Los procedimientos para la acción preventiva
- Los recursos materiales y humanos
7.2.2. Integración en la Gestión Empresarial
El Plan de Prevención debe integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, implicando a todos los niveles jerárquicos. La falta de integración es una de las deficiencias más detectadas por los peritos.
7.3. Evaluación de Riesgos: Metodología y Contenido
7.3.1. Metodologías de Evaluación
Existen diversas metodologías para la evaluación de riesgos:
- Método general (INSST): Evaluación cualitativa basada en la probabilidad y consecuencias
- Método William Fine: Evaluación semicuantitativa con factores de probabilidad, exposición y consecuencias
- Método NTP 330 (INSST): Evaluación cuantitativa con nivel de riesgo
- Métodos específicos: Análisis biomecánico, evaluación ergonómica, dosimetría, etc.
7.3.2. Niveles de Riesgo
La metodología INSST clasifica los riesgos en:
- Riesgo trivial
- Riesgo tolerable
- Riesgo moderado
- Riesgo importante
- Riesgo intolerable
7.3.3. Actualización de la Evaluación
La evaluación debe actualizarse cuando:
- Se produzcan cambios en las condiciones de trabajo
- Se detecten daños a la salud
- Se modifiquen los procesos productivos
- Transcurra el plazo establecido
7.4. Planificación de la Actividad Preventiva
7.4.1. Contenido Mínimo
La planificación debe incluir:
- Medidas preventivas concretas
- Prioridades en función de la magnitud del riesgo
- Plazos de ejecución
- Recursos asignados
- Personal responsable
- Indicadores de seguimiento
7.4.2. Seguimiento y Control
El plan debe incluir mecanismos de seguimiento periódico para verificar su cumplimiento y eficacia.
7.5. Documentación del Sistema de Prevención
7.5.1. Documentación Obligatoria (art. 23 LPRL)
- Plan de prevención
- Evaluación de riesgos
- Planificación de la actividad preventiva
- Registro de formación e información
- Registro de vigilancia de la salud
- Relación de accidentes de trabajo
7.5.2. Conservación de la Documentación
La documentación debe conservarse durante toda la vida laboral del trabajador, y en caso de daños a la salud, durante al menos 10 años.
7.6. Recursos Preventivos
7.6.1. Concepto
El recurso preventivo es la persona designada por el empresario para vigilar el cumplimiento de las medidas preventivas en actividades especialmente peligrosas.
7.6.2. Supuestos de Designación Obligatoria
- Cuando los riesgos no puedan controlarse adecuadamente
- En actividades peligrosas o con riesgo grave
- Cuando se requiera por normativa específica
7.6.3. Funciones
- Vigilar el cumplimiento de las medidas preventivas
- Comprobar la eficacia de las medidas
- Informar de las deficiencias
- Paralizar la actividad en caso de riesgo grave
7.7. Coordinación de Actividades Empresariales: Desarrollo Práctico
7.7.1. Medios de Coordinación
- Intercambio de información
- Reuniones periódicas
- Procedimientos escritos
- Designación de coordinadores
- Reuniones del Comité de Seguridad y Salud
7.7.2. Documentación de la Coordinación
Debe existir documentación acreditativa de:
- La información intercambiada
- Las reuniones mantenidas
- Los acuerdos alcanzados
- Las medidas adoptadas
7.8. Casos Prácticos
Caso 1: En la evaluación de riesgos de una empresa se detecta un riesgo importante en una máquina. Han transcurrido 18 meses y no se ha adoptado ninguna medida correctora. ¿Qué implicaciones tiene para la responsabilidad empresarial?
Solución: La falta de ejecución de la planificación preventiva constituye un incumplimiento de las obligaciones empresariales que puede dar lugar a responsabilidades administrativas, civiles e incluso penales. El perito deberá documentar el incumplimiento y valorar su relación con las consecuencias producidas.
Caso 2: Una empresa tiene concertado un servicio de prevención ajeno que realiza la evaluación de riesgos, pero la empresa no ejecuta las medidas propuestas en la planificación. ¿Quién es el responsable?
Solución: La responsabilidad es del empresario, ya que la evaluación es un instrumento para la acción preventiva, pero la ejecución de las medidas corresponde al empresario. El servicio de prevención ajeno tiene la obligación de informar al empresario de las deficiencias y, en su caso, a la autoridad laboral.
7.9. Metodologías Prácticas de Evaluación de Riesgos para el Perito
7.9.1. Método General del INSST (NTP 330)
El método más extendido en España valora el riesgo como:
Riesgo = Probabilidad × Consecuencias
| Nivel de Probabilidad | Criterio |
|---|---|
| Alta (4) | El daño ocurrirá siempre o casi siempre |
| Media (2) | El daño ocurrirá en algunas ocasiones |
| Baja (1) | El daño ocurrirá raras veces |
| Nivel de Consecuencias | Criterio |
|---|---|
| Extremadamente dañino (4) | Mortalidad, daños muy graves |
| Dañino (3) | Lesiones graves, enfermedades graves |
| Ligeramente dañino (2) | Lesiones superficiales, daños leves |
7.9.2. Método William Fine
Método semicuantitativo que utiliza la fórmula:
Riesgo = Probabilidad × Exposición × Consecuencias
Los valores se obtienen de tablas estandarizadas y el resultado se compara con un baremo de criticidad.
7.9.3. Métodos Específicos por Especialidad
| Especialidad | Métodos recomendados |
|---|---|
| Seguridad | INSST General, Árbol de causas, What-If, HAZOP |
| Higiene | Estrategia de muestreo, VLA-ED, VLA-EC |
| Ergonomía | REBA, RULA, NIOSH, OWAS, LEST, RENAULT |
| Psicosociología | ISTAS 21, F-PSICO, Mobbing-94 |
7.9.4. El Perito y la Evaluación de Riesgos
Cuando el perito debe pronunciarse sobre la evaluación de riesgos de una empresa, debe verificar:
- Existencia: ¿Se realizó la evaluación?
- Contenido: ¿Cubre todos los puestos y riesgos?
- Metodología: ¿Se utilizó una metodología adecuada?
- Actualización: ¿Está actualizada?
- Planificación: ¿Se derivó la planificación preventiva?
- Ejecución: ¿Se ejecutaron las medidas planificadas?
- Eficacia: ¿Fueron eficaces las medidas adoptadas?
7.10. La Auditoría del Sistema de Prevención
7.10.1. Concepto
La auditoría del sistema de prevención es un examen sistemático, documentado y objetivo del sistema de gestión de PRL, realizado por personal competente e independiente.
7.10.2. Obligatoriedad (RD 39/1997, art. 30)
- Es obligatoria para empresas con servicio de prevención propio o mancomunado
- Es voluntaria para empresas con servicio de prevención ajeno
- Debe realizarse cada 5 años como máximo
- Debe ser realizada por una entidad auditora acreditada por la ENAC
7.10.3. Contenido
La auditoría debe evaluar:
- La política de prevención de la empresa
- El sistema de gestión de la PRL
- La integración de la prevención
- La eficacia del sistema
- Las propuestas de mejora
7.10.4. Relevancia Pericial
El informe de auditoría es un documento de gran valor para el perito, ya que:
- Refleja el estado del sistema de gestión de PRL en un momento determinado
- Identifica deficiencias y propone mejoras
- Permite determinar si la empresa conocía las deficiencias antes del accidente
- Constituye un elemento objetivo de prueba
7.11. Casos Prácticos Adicionales
Caso 1: Servicio de prevención ajeno que no realiza visitas Un servicio de prevención ajeno tiene contratada la evaluación de riesgos de una empresa, pero nunca ha realizado visitas al centro de trabajo. Se produce un accidente por un riesgo que no fue identificado en la evaluación.
Análisis: La evaluación de riesgos debe basarse en el conocimiento directo de las condiciones de trabajo. La falta de visitas constituye una negligencia grave del servicio de prevención. La empresa y el SPA pueden ser responsables solidariamente.
Caso 2: Documentación preventiva inexistente en el momento del accidente En la investigación de un accidente, la empresa no puede presentar la evaluación de riesgos ni la planificación preventiva, alegando que se perdieron en un cambio de ordenador.
Análisis: El art. 23 LPRL exige la conservación de la documentación. La pérdida no exime de responsabilidad. El perito debe valorar esta circunstancia como un indicio de falta de cultura preventiva.
7.12. Referencias Legislativas
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre (arts. 14-23, 30-33)
- RD 39/1997, de 17 de enero, Reglamento de Servicios de Prevención
- RD 171/2004, de 30 de enero, Coordinación de Actividades Empresariales
- Guía Técnica del INSST para la integración de la prevención
- NTP 330 del INSST: Sistema simplificado de evaluación de riesgos
- Norma UNE-EN ISO 45001: Sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo